Cuota mortuoria IPS y PGU: quién la cobra y cómo
Actualizado el 23 de octubre de 2026 · Revisado con la normativa vigente
La cuota mortuoria IPS y PGU paga hasta 15 UF a quien pagó el funeral. Corresponde si el causante recibía la PGU desde el 1 de febrero de 2022 y no estaba afiliado a ningún sistema de pensiones. Para otros regímenes del IPS existe la asignación por muerte, que se puede pedir hasta 5 años desde el fallecimiento.
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Revisar mi caso gratisRequisitos de la cuota mortuoria IPS y PGU
- El causante recibía la Pensión Garantizada Universal (PGU) desde el 01-02-2022.
- No estaba afiliado a ningún sistema de pensiones.
- La cobra quien pagó el funeral, hasta 15 UF.
Asignación por muerte del IPS
Es un beneficio distinto, para otros regímenes del IPS. Lo cobra quien pagó el funeral, equivale a 3 ingresos mínimos no remuneracionales y se puede pedir hasta 5 años desde el fallecimiento.
Dónde y con qué documentos
- Se pide en el IPS, en su sitio web o en una sucursal ChileAtiende.
- Factura de la funeraria, certificado de defunción y cédula de identidad.
- Certificado de sepultación, si pasaron más de 30 días desde el fallecimiento.
Pagos del IPS que quedaron pendientes
Revisa también si quedaron pensiones, PGU o bonos sin cobrar. Bajo 5 UTA por persona, un familiar directo los puede cobrar sin posesión efectiva.
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Preguntas frecuentes
¿Quién cobra la cuota mortuoria de la PGU?
Quien pagó el funeral, si el causante recibía la PGU desde el 01-02-2022 y no estaba afiliado a ningún sistema de pensiones.
¿Cuánto paga el IPS por cuota mortuoria?
Hasta 15 UF para beneficiarios de PGU. La asignación por muerte de otros regímenes equivale a 3 ingresos mínimos no remuneracionales.
¿Necesito posesión efectiva para cobrar en el IPS?
No para la cuota mortuoria ni la asignación por muerte. Para pagos pendientes, no si son menos de 5 UTA por persona y los cobra un familiar directo.
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Fuentes oficiales
Valores usados: UTM de octubre de 2026, $72.151; UTA $865.812. Información general basada en la normativa vigente; no es asesoría legal. Herencia Altiro es un servicio privado: no somos el Registro Civil, el SII ni ningún organismo del Estado.